Lo que comprás realmente, por qué la publicidad paga no está cubierta por defecto, y la cláusula que hay que poner por escrito.

Las tres líneas de base

Alcanzan para volver utilizable un contrato.

La duración: una cantidad de meses, con fecha de inicio.

Los canales: cada uno nombrado, nunca una palabra general. Publicación orgánica, publicidad paga, sitio, plataforma, correo, pantalla en local, vía pública.

Y el territorio: un país, una región, o el mundo.

Una cesión que no lista esos tres elementos solo cubre lo que nombra, y todo el resto se renegocia, al precio del momento.

El derecho sobre el vídeo y el derecho sobre la persona

Dos autorizaciones distintas, y confundirlas les sale caro a las dos partes.

La primera recae sobre el archivo: el montaje, las imágenes, el sonido.

La segunda recae sobre la persona en pantalla: su cara, su voz, su nombre.

Tres consecuencias prácticas. Una marca que compra el vídeo no obtiene automáticamente el derecho de usar la cara en publicidad. Una persona puede aceptar una publicación orgánica y rechazar una difusión paga. Y la autorización de imagen debe precisar su duración, sus canales y qué pasa en caso de retiro.

Lo que además debe figurar

Cinco cláusulas, y resuelven los conflictos más frecuentes.

La exclusividad: su duración, su alcance y su precio, nunca regalada.

Las modificaciones autorizadas: corte, subtitulado, traducción, agregado de música, reencuadre, cambio de ritmo.

El destino de los archivos brutos: entregados o no, y con qué derechos.

El uso interno: presentaciones comerciales, capacitación de equipos, ferias, que no son canales publicitarios pero siguen siendo usos.

Y el momento en que la cesión rige: desde el pago íntegro, lo que alinea los derechos con el cobro.

Los cuatro parámetros que fijan el precio

ParámetroLo que abreLo que lo encarece
Los soportesRedes, sitio, tienda, televisiónCada soporte añadido
La duraciónDe tres meses a ilimitadaLo ilimitado, siempre
El territorioUna ciudad, un país, el mundoEl paso al mundo
La exclusividadEl rechazo de los competidoresLa extensión del periodo

Lo que se lee antes de firmar

La cláusula de renovación automática, la que permite ceder los derechos a un tercero, y el destino de los archivos fuente una vez terminado el periodo.

Lo que le queda al creador tras la cesión

La condición de autor y el derecho a oponerse a una modificación que desnaturalice el montaje, salvo acuerdo escrito en contrario, a confirmar con un abogado.

El reflejo que evita casi todo

Una sola pregunta, hecha antes de cotizar, y reemplaza veinte cláusulas.

¿Dónde se va a ver este vídeo dentro de dieciocho meses, y quién lo va a ver?

Si la respuesta menciona revendedores, plataformas, un catálogo impreso o una pantalla en local, esos usos tienen que estar escritos y pagados ahora, no descubrirse más tarde.

Dos hábitos completan ese reflejo. Llevá una tabla con una línea por vídeo: creador, fecha, duración, canales, territorio, sublicencia autorizada o no, fecha de fin. Y programá un recordatorio un mes antes de cada vencimiento: es el momento en que una extensión se negocia con calma, mientras que un vídeo todavía difundido después del vencimiento se trata siempre con apuro, y en una relación de fuerza que no le conviene a nadie.