Una marca que lleva bastante tiempo encargando vídeo acaba siempre haciéndose la misma pregunta: ¿no saldría más barato contratar a alguien? Aparece casi siempre en el peor momento, es decir justo después de una factura que ha parecido alta, y se zanja casi siempre en el lugar equivocado, es decir comparando un salario con un presupuesto.
No es la comparación correcta, y no depende de la calidad del trabajo. Depende de una sola cosa, medible: la regularidad de la necesidad.
Una necesidad regular y una necesidad irregular no se pagan igual
Un puesto es un coste fijo. Corre en enero como en agosto, tenga la marca tres campañas o ninguna. Una prestación es un coste variable: se detiene cuando se detiene la demanda.
Mientras la necesidad sea irregular, el coste fijo pierde mecánicamente, porque paga también los meses vacíos. En cuanto la necesidad se vuelve regular y previsible, la relación se invierte, por la misma razón dada la vuelta: el coste fijo se diluye sobre un volumen que ya no se detiene.
Toda la decisión se reduce, pues, a saber de qué lado de ese punto de inflexión está tu propia necesidad. Y eso es una medida, no una intuición: los doce últimos meses de encargos la dan en una hora.
Lo que cada opción soporta realmente
Comparar un salario bruto con un presupuesto de producción equivale a comparar dos líneas que no cubren lo mismo. La diferencia no está en el importe, está en lo que cada importe contiene.
Del lado del puesto
El salario es solo una parte del coste. Se añaden las cotizaciones, las vacaciones durante las cuales la producción se detiene, el material, los programas, el tiempo de selección, el de incorporación y la formación continua de un oficio cuyos formatos cambian cada seis meses.
Se añade además algo que nadie presupuesta: el tiempo de gestión. Un puesto de vídeo necesita un briefing, un arbitraje y un retorno, igual que un proveedor, salvo que esa carga recae en alguien que ya tiene un trabajo.
Del lado de la prestación
El presupuesto incluye la grabación, el montaje y un número definido de retoques. No incluye el conocimiento del producto, que hay que transmitir cada vez, ni la disponibilidad inmediata, ni poder pedir una versión más un viernes por la tarde.
En cambio sí incluye una variedad de rostros, de lugares y de tonos que un puesto único no puede producir, y suele ser el argumento decisivo para la publicidad de pago.
| Partida de coste | Interno | En prestación |
|---|---|---|
| Retribución y cotizaciones | fija, todo el año | variable, por encargo |
| Material y programas | a cargo de la marca | incluido en el precio |
| Meses sin necesidad | pagados igualmente | no facturados |
| Conocimiento del producto | adquirido una vez | a retransmitir |
| Variedad de rostros y decorados | limitada a una persona | amplia por construcción |
| Plazo ante una petición urgente | corto | depende de la disponibilidad |
| Derechos de uso de los vídeos | adquiridos en el marco del contrato laboral | a negociar en cada encargo |
A diferencia de una tabla de precios, esta lectura no da ningún ganador: solo dice que los dos presupuestos no describen la misma prestación, y que hay que llevar ambos al mismo perímetro antes de compararlos.
La última fila merece una palabra, porque se descubre en general demasiado tarde. Lo que un asalariado produce en el marco de sus funciones responde a un régimen distinto de lo que entrega un proveedor: en el segundo caso nada corresponde a la marca más allá de lo que la cesión escribe negro sobre blanco, y un vídeo encargado para un feed orgánico no se vuelve utilizable en publicidad porque la factura esté pagada. El puesto elimina esa negociación; la prestación la vuelve a poner sobre la mesa en cada encargo, y es una carga de tiempo tanto como un coste. El tema tiene su propia guía, la cesión de derechos de autor en un contrato UGC.
El cálculo, con tus variables y no las de otro
Circulan umbrales prefabricados, del tipo «a partir de tantos vídeos al mes, internaliza». Son falsos, y lo son por construcción: el punto de inflexión depende del nivel salarial que practicas, del coste de tus prestaciones, de la estacionalidad de tu actividad y de la variedad que tus campañas exigen. Dos empresas del mismo sector cambian de lado con volúmenes muy distintos.
Las cuatro entradas
- El volumen real de los doce últimos meses, en número de vídeos entregados y no en número de campañas, y mes a mes para ver los valles.
- El coste completo de un puesto tal como lo calcula tu empresa, cotizaciones incluidas, más el material y los programas que no estén ya ahí.
- El coste medio de un vídeo en prestación, retoques y derechos de uso incluidos, no el precio de entrada.
- La parte de tus vídeos que exige un rostro o un decorado distinto, porque es la que un puesto único no cubrirá nunca.
Lo que el resultado dice, y lo que no dice
Dividir el coste completo anual del puesto por el coste medio de un vídeo da un volumen de equivalencia. Ese número es útil y no es una respuesta: dice cuántos vídeos habría que producir para que el puesto se pague, a calidad constante e ignorando la estacionalidad.
Luego hay que confrontarlo con dos realidades. Si tu volumen real se acerca a ese número pero está concentrado en cuatro meses, el puesto estará saturado un tercio del año y desocupado el resto. Y si una parte significativa de tus vídeos exige rostros distintos, seguirá en prestación pase lo que pase, así que no cuenta en el volumen que justifica el puesto.
Lo que el interno hace y nadie más hará
Tres cosas no se compran por encargo, y a veces pesan más que la aritmética.
La reactividad ante un imprevisto, cuando un producto se agota o sale la campaña de un competidor. La memoria del producto, que evita volver a explicar cada vez por qué tal argumento no se dice. Y la capacidad de grabar mucho material barato para alimentar pruebas, donde cada prueba encargada fuera lleva un coste unitario.
Por eso el modelo que mejor aguanta, cuando el volumen lo permite, no es ni uno ni otro: un puesto que cubre lo recurrente y lo reactivo, y creadores para lo que exige un rostro nuevo.
La línea que no hay que cruzar
Una tentación vuelve en cada arbitraje: mantener la condición de proveedor y hacer trabajar a la persona como a un asalariado. Horarios impuestos, presencia exigida, integración en el equipo, exclusividad de hecho.
No es una zona gris, es el criterio mismo que distingue las dos situaciones, y la recalificación se juega en las condiciones reales de ejercicio y no en el título del contrato. La objeción habitual es que el propio creador prefiere esa flexibilidad: no cambia nada, porque el riesgo no recae sobre él.
En la práctica, la regla es fácil de sostener. Un proveedor recibe un resultado que entregar y un plazo, organiza su trabajo como quiere, trabaja para otros clientes y factura. En cuanto uno de esos cuatro puntos deja de ser cierto, ya no es una prestación, y es el momento de contratar de verdad.
Fuentes
- Urssaf, contratar y gestionar a un asalariado
- Urssaf, el trabajo ilegal
- Urssaf, para qué sirven las cotizaciones
Verificado el 11 de septiembre de 2026. Esta guía no es asesoramiento jurídico. En caso de desacuerdo entre esta guía y la fuente oficial, prevalece la fuente.



