Un contrato de creador entra en una página. Cinco cláusulas evitan casi todos los litigios, y una sola decide el valor real del trabajo.
Uno: qué se entrega, exactamente
Es la cláusula que evita los malentendidos más comunes.
Escribí la cantidad de vídeos, su duración, sus formatos, sus idiomas, y qué acompaña la entrega: máster sin texto, versiones reencuadradas, material bruto o no.
Sumá lo que no está incluido. Esa segunda lista evita más conflictos que la primera.
Dos: cuántas revisiones están incluidas
Es la cláusula que protege tu tiempo.
Dos revisiones alcanzan en la mayoría de los casos, siempre que se defina qué es una revisión: una serie de correcciones enviada de una vez, y no tres mensajes sucesivos en tres días.
Indicá el precio de la revisión siguiente. Esa simple cifra alcanza para que agrupen los pedidos.
Tres: los derechos de uso
Es la cláusula que decide el valor real del trabajo.
Tres elementos, siempre: la duración, los soportes, el territorio.
Un vídeo publicado una vez en una cuenta no tiene nada que ver con el mismo vídeo difundido en publicidad paga durante un año. Son dos productos distintos, y se facturan distinto.
Sumá el precio de una extensión, cotizado de antemano. Una marca que quiere prolongar casi siempre prefiere pagar antes que volver a filmar.
Cuatro: precio, moneda y plazo de pago
Es la cláusula más importante cuando el cliente está en el exterior.
Escribí el monto, la moneda de facturación, la de cobro cuando difieren, y quién soporta los gastos de transferencia.
Indicá el plazo en días hábiles desde la recepción de la factura, y no desde la entrega, que son dos fechas distintas.
Sumá una fecha de validez del presupuesto, corta. Un precio aceptado seis semanas más tarde no vale lo que valía el día en que se escribió.
Cinco: la cancelación
Es la cláusula que nadie escribe y que salva los meses malos.
Tres situaciones a prever. La cancelación antes del rodaje, con un porcentaje retenido. La cancelación después del rodaje pero antes de la entrega, con el monto íntegro de la producción. Y el aplazamiento a pedido del cliente, cuando el producto no llega.
Este último caso es el más frecuente y el más caro: una jornada bloqueada y después anulada no se recupera.
Las seis líneas que bastan
| Línea | Lo que fija |
|---|---|
| Objeto | Cantidad de vídeos y formatos |
| Precio | Monto, moneda, vencimiento |
| Cesión | Soportes, duración, territorio |
| Retoques | Cuántos están incluidos |
| Entrega | Fecha y forma de los archivos |
| Ruptura | Qué pasa si una parte se retira |
Lo que se firma antes del rodaje, nunca después
El documento completo. Un acuerdo obtenido una vez entregado el vídeo ya no tiene poder de negociación, y el creador ya trabajó.
Lo que vale para las personas filmadas
Toda persona reconocible da un acuerdo escrito, incluido un allegado. Sin ese escrito, el vídeo no puede difundirse, a confirmar con un abogado.
Lo que no necesita ser complicado
El documento mismo.
Una página, escrita en lenguaje simple, firmada por intercambio de mensajes o por firma electrónica. No es el largo lo que da solidez: es la precisión de las cinco cláusulas.
Sumá solamente, cuando el trabajo lo justifica, dos menciones adicionales: el acuerdo de la persona visible en imagen, con la misma duración y los mismos soportes que la licencia, y la obligación de hacer figurar la identificación del carácter comercial al publicar.
Las obligaciones aplicables dependen de tu situación, del cliente y del país de difusión, y se verifican con un asesor antes del primer trabajo importante y no después del primer impago.



